Economia

Las empresas apuntan desde hoy la entrada y salida del trabajo ¿cómo le afecta?

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Vídeo. Entra en vigor el registro de jornada diaria del trabajador – EP

Los inspectores ya pueden imponer sanciones por incumplimiento de una ley que ha sembrado el caos

Susana Alcelay

Hoy entra en vigor el registro de jornada. Su empresa apuntará cuando entra y cuando sale- de no hacerlo se arriesga a sanciones. Como ya informó ABC, la medida ha sembrado el casos en las empresas, especialmente entre pymes y autónomos. El presidente de ATA, Lorenzo Amor, ha reclamado al Gobierno Gobierno que un reglamento aclare las especificidades de cada actividad laboral, petición que ha sido denegada por el Ministerio de Trabajo, que mañana publicará una guía que sirva de orientación a las empresa.

¿Qué es el registro obligatorio de jornada?

El registro obligatorio de jornada es la obligación de las empresas de tener un control efectivo del número de horas que realizan sus empleados. Este, dice el BOE, debe ser «fehaciente», es decir, los datos almacenados deben corresponderse con las horas trabajadas por el empleado. Este mecanismo debe registrar la hora de entrada y la hora de salida de cada uno de los trabajadores y debe ser negociado entre los convenios, cuando los haya. Los datos tendrán que almacenarse durante cuatro años y pueden tener acceso a ellos los responsables autorizados de la empresa y el propio trabajador.

¿Cómo debe llevarse a cabo el registro?

La norma no lo especifica, solo apunta que debe elaborarse «mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa».

¿A qué se arriesga una empresa que no controle el horario de sus empleados?

Desde hoy -sería mañana que es laborable- un inspector de Trabajo puede personarse en cualquier centro de trabajo y solicitar el registro con las horas realizas por cada trabajador y los tiempos de entrada y salida de cada uno de ellos. La multa por no disponer de un registro de la jornada de los empleados oscila entre los 626 euros y los 6.250 euros por empresa, no por trabajador que incumpla la norma.

¿Cómo afecta el registro obligatorio de jornada a los autónomos?

«Los autónomos están desconcertados y preocupados porque la nueva norma carece de la necesaria seguridad y certidumbre jurídica para desarrollar su actividad», aseguraba hace unos días a ABC Lorenzo Amor, presidente de ATA. Recordó que el 95% de las empresas españolas tienen menos de cinco trabajadores y que muchas «han implantado un sistema de trabajo que combina a la perfección la movilidad laboral, la conciliación, el teletrabajo y se ajusta más a los objetivos que al horario». Avisan desde ATA que la ley puede volverse un dardo envenenado contra el empleo. La rigidez del registró provocará que las empresas que tienen carga de trabajo superior a la habitual de forma puntual (ferias, bodas, bautizos, temporada alta del turismo…) reduzcan las horas y contraten empresas de trabajo temporal que son menos costosas.

¿Qué ocurre con los trabajadores que pasan jornadas completas fuera del centro?

La norma no ha previsto este supuesto. Muchos trabajadores pasan jornadas completas fuera de su centro de trabajo ejerciendo su actividad laboral. Es el caso de transportistas, montadores, comerciales, visitadores médicos, periodistas… ¿Cuál es su horario laboral?

¿Con que fórmulas cuenta la empresa para controlar el tiempo de trabajo de sus empleados?

Desde apuntar en una libreta las entradas y salidas del personal, hasta los sistemas más sofisticados. Las aplicaciones o plataformas digitales son los métodos que más se está implantando y uno de los más prácticos, pero también se pueden usar claves o un «pin» que la empresa facilita al trabajador, el sistema tradicional de la tarjetas. También existen métodos como el reconocimiento de huella, el reconocimiento facial y del iris o geolocalización.

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